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Incendios forestales y consecuencias legales
Responsabilidad legal en incendios forestales
Ya es algo casi habitual en el mundo entero que en la época de los meses de verano se sucedan cantidad de incendios forestales. Unos son provocados intencionadamente por el humano y otros son provocados por rayos, por el calor excesivo o por otros motivos.
En los casos en que se provocan de manera intencionada por una persona y se consigue identificar a esa persona o personas concretas que provocaron el incendio, tendrá unas consecuencias legales en nuestro país.
Estas consecuencias pueden enmarcarse tanto en el ámbito penal como en el ámbito civil. Es decir, puede acarrear sanciones penales como multas o penas de prisión para los causantes del incendio, como una sanción civil consistente en el abono de una indemnización a personas afectadas y perjudicadas por ejemplo.
¿Qué consecuencias penales puede llevar la provocación de un incendio forestal?
En nuestro Código Penal se prevén diferentes penas para los que provoquen un incendio intencionadamente. Se castiga a quien provoque un incendio forestal con una pena de hasta cinco años de prisión, puede no parecer una pena muy gravosa a la vista del gran daño que se causa.
Pero la normativa agrava la pena cuando además haya existido peligro para la vida o integridad física de las personas, alcanzando la posible pena a los veinte años de prisión. Nuestra ley prevé que el mínimo por el que se debe condenar a un responsable de un incendio de estas características es de diez años, es decir, un mínimo bastante alto lo que puede conllevar que si se prueba fehacientemente que la persona acusada ha causado intencionadamente el incendio, difícilmente se va a librar de una condena de unos años de prisión.
En los casos especiales de incendios forestales, en los que no ha habido riesgo para la vida o integridad física de las personas, también existe una agravante en nuestro Código Penal. Esta agravante aparece cuando se alteren lasa condiciones de vida animal o vegetal por ejemplo, cuando afecta a zonas próximas a núcleos de población, o incluso cuando el incendio ha sido provocado en un momento en que las condiciones climatológicas incrementen el riesgo de propagación.
Esto podría darse si se provoca el incendio en los días de más calor, o con una previsión de viento bastante importante. En estos casos la pena que se podría imponer al responsable del incendio irá desde los tres años de prisión a los seis años.
¿De qué depende la pena impuesta por provocar un incendio?
Como en muchos de los supuestos penales en nuestro derecho, dependerá de las pruebas que haya para poder condenar a un responsable de un incendio. Es decir, para poder condenar a una persona por un incendio de estas características habrá que tener en cuenta los informes de los bomberos por un lado.
Las pruebas que se puedan aportar que vinculen directamente al supuesto delincuente con el incendio provocado, como por ejemplo si se ha encontrado material corrosivo, si se ha podido probar que el acusado se encontraba en el lugar en el preciso momento en que se inició el incendio.
Además de la sanción penal a la que se haya condenado al responsable, existirá una sanción civil, es decir, una responsabilidad civil que deberá abonar a los perjudicados por los daños materiales causados.
¿Qué ocurre cuando el incendio causa daños materiales?
En los casos en que el incendio ha podido dañar terrenos particulares, viviendas o incluso negocios, uno de los primeros pasos a seguir por los perjudicados es acudir a sus compañías de seguros que pueda cubrir esos daños. Por ejemplo seguros de hogar, seguros agrícolas o de negocio.
En los supuestos en que se ha identificado al responsable del incendio se puede reclamar directamente a esa persona, con el fin de que sea ella quien abone la indemnización correspondiente.
Estas reclamaciones pueden realizarse directamente por el afectado o perjudicado o existe la posibilidad de que, en los casos en que el perjudicado tiene un seguro que cubra estos daños y haya abonado la indemnización correspondiente, sea la propia compañía de seguros la que reclame al responsable.
Aquí ocurre como en los supuestos de un siniestro en el que el culpable dio positivo en el test de alcoholemia, la compañía de seguros responsable abona la indemnización correspondiente en favor del perjudicado, pero posteriormente reclama esa indemnización al culpable del siniestro.
¿Qué pasos ha de seguir un perjudicado en un incendio de estas características?
Lo primero que debe hacer es recopilar pruebas de los daños sufridos, en ocasiones será necesario un informe pericial que valore los daños causados.
Si se dispone de una póliza de seguros que pueda cubrir esos daños se debe acudir a ella y que sea la compañía de seguros propia la que abone el valor de lo dañado. De esta manera el perjudicado se olvida de localizar al culpable y responsable del incendio y de reclamarle por el perjuicio causado.
Es un beneficio para el perjudicado, sobre todo porque en muchas ocasiones en las que se ha podido identificar al responsable del incendio, este no dispone de bienes suficientes como para hacerse cargo del abono de la indemnización correspondiente.
Desde Emeybe se recomienda acudir a un experto en la materia que pueda facilitar todo el proceso desde el momento en que se provocan los daños hasta el momento en que se recibe la indemnización por los perjuicios.
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