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Reagrupación familiar en España: Definición y claves

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La reagrupación familiar en España

En otras ocasiones hemos hablado de cómo se puede solicitar un permiso de residencia en España, existiendo varios procedimientos para ello según el arraigo laboral, social o familiar que se tenga. En este artículo, desde el despacho de abogados de Granada Emeybe abogados, vamos a centrarnos en la figura de la reagrupación familiar, que es otro método para conseguir la residencia en España de manera temporal.

Qué es la reagrupación familiar

Cuando hablamos de reagrupación familiar nos referimos al mecanismo existente para conceder la autorización de residencia temporal que se otorga a determinadas personas por tener un familiar extranjero con autorización de residencia en España.

Por lo tanto, realmente es el derecho que tiene la persona extranjera con residencia legal en España para reagrupar a su familia en el país mientras dure dicha residencia.

Esta figura está regulada en el artículo 16 de la Ley de Extranjería, además de la normativa comunitaria como la Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar.

¿Qué familiares pueden ser reagrupados?

La Ley de Extranjería en su artículo 17 establece en primer lugar que se pueden reagrupar los ascendientes de primer grado del reagrupante y de su cónyuge o pareja cuando estén a su cargo, sean mayores de 65 años y se cumplan los requisitos que justifiquen dicha reagrupación.

Igualmente, se concederá la reagrupación familiar para los ascendientes menores de 65 años siempre que concurran causas humanitarias y reúnan el resto de requisitos.

Respecto a los descendientes, podrán ser reagrupados los hijos tanto del reagrupante como de su cónyuge o pareja siempre que sean menores de 18 años o tengan una discapacidad que les impida autonomía.

Por otro lado, podrá reagruparse el cónyuge no separado y siempre que el matrimonio cumpla la legalidad o la pareja de hecho debidamente inscrita.

Qué requisitos existen para conceder la reagrupación familiar

Los requisitos vienen recogidos en el artículo 18 de la Ley de Extranjería, y, como principal, es el obtener la renovación de la autorización de residencia, por lo que se debe haber permanecido en España durante un año y se debe tener aceptada la renovación de un año más de residencia.

No obstante, si lo que se quiere es reagrupar a un ascendiente, los requisitos se amplían debiendo ser residente de larga duración para poder acceder a ello, es decir, tener mínimo cinco años de residencia en España.

Además, la ley exige unos ingresos mínimos, estableciendo ese mínimo en el 150% del IPREM, que en 2024 se fija en 600 € mensuales. Si se quiere reagrupar a más de una persona, cada reagrupado sumará un 50% adicional.

Igual que para obtener la residencia, no puede tener el reagrupado ningún tipo de antecedentes penales ni tener prohibición de entrar en España, además de que se exige tener un trabajo estable, bien como autónomo o bien como trabajador por cuenta ajena, debiendo tener asistencia sanitaria como consecuencia.

Por último, se exige poseer una vivienda adecuada para la estancia tanto del residente como de los reagrupados, realizando los servicios sociales una vivista a la vivienda antes de conceder la autorización.

Cuál es el procedimiento para la reagrupación familiar

El solicitante, es decir, la persona extranjera que tiene residencia en España, deberá acudir a la oficina de extranjería de la Provincia donde desea reagrupar a su familiar y presentar la solicitud correspondiente con los documentos acreditativos de cumplir todos los requisitos.

Para ello, lo ideal es tener un asesoramiento previo de un despacho de abogados experto en derecho administrativo para que no exista ningún problema en la solicitud.

Cuando se conceda la autorización, que puede tardar hasta tres meses, el reagrupado deberá iniciar el trámite del visado en su país de procedencia y una vez realizado, el reagrupado tiene 3 meses para proceder a entrar en el territorio español. Una vez aquí debe solicitar la tarjeta de identidad de extranjeros durante el primer mes.

¿Se puede renovar la reagrupación familiar?

Cuando la residencia autorizada por reagrupación familiar llega al final de su vigencia, se deberá presentar la solicitud de renovación tanto del reagrupante como del reagrupado dentro del plazo estipulado para ello.

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