Aunque parezca extraño, pero ocurre más de lo esperado. Si te has visto en esta situación en la que de repente descubres que la compañía del suministro de luz ha cambiado tu contrato sin tu consentimiento, es importante actuar y resolver la situación. Lo primero es comprobar que realmente ha habido un cambio en el contrato.
Sin embargo, la negativa del Congreso a convalidar el decreto ha abierto un escenario complejo sobre los efectos producidos durante su vigencia y sobre las consecuencias jurídicas de su derogación, por lo que vamos a analizarlo desde el despacho de abogados de Granada Emeybe abogados.
Se recomienda comprobar exactamente cuál ha sido el cambio en el contrato, si se trata de un cambio de titular o un cambio de compañía comercializadora. Si el cambio que se ha dado es de comercializadora significa que sigue siendo el titular la misma persona pero el pago de la luz se realiza a otra compañía. Este es el cambio más común sin previo aviso al titular o incluso sin su consentimiento.
Puede ocurrir por varios motivos, por llamadas comerciales, por errores administrativos de la propia compañía o por una suplantación de identidad en los casos más graves. Lo más común es que se produzca un cambio de compañía por medio de una llamada telefónica. En esas llamadas telefónicas el operador de la compañía en concreto suele ofrecer ofertas o descuentos en los precios.
Se solicitan datos del cliente hasta el punto de que el operador llega a tener todo lo necesario para hacer el cambio de compañía comercializadora. El cliente sin ser consciente de lo que está aceptando da su consentimiento y se realiza el cambio.
Lo primero que el cliente debe hacer es presentar una reclamación ante la nueva compañía suministradora o comercializadora. Para esta reclamación es recomendable recopilar todas la pruebas posibles, como facturas, mensajes o emails recibidos por la compañía, el contrato de suministro, cualquier documento o incluso grabaciones de llamadas telefónicas.
Si ante la reclamación no hay respuesta por parte de la compañía se abre la posibilidad de acudir a la Ofinica Municipal de Información al Consumidor por ejemplo, o ante Asociaciones de Consumidores. También tiene el cliente la opción de interponer la reclamación ante la CNMC, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia.
Una opción para prevenir que pueda volver a haber un cambio sin el consentimiento del titular es revisar cada cierto tiempo el contrato y las facturas. Es conveniente que al recibir llamadas de la compañía comercializadora propia o de cualquier otra compañía, no dar los datos personales si no se está seguro de lo que pretende el operador con esa llamada.
Se puede solicitar al operador que envíe toda la información por escrito y así el cliente puede revisar lo que está aceptando o a lo que va a prestar su consentimiento. Y por supuesto si se está en una situación similar y la compañía no responde a las reclamaciones, se recomienda acudir a un despacho de abogados que pueda guiar al cliente a través del procedimiento adecuado.
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