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Reclamación de desperfectos a vecinos por humedades en la vivienda

Daños en las viviendas por lluvias y filtraciones

No es nada raro que las lluvias torrenciales que se suelen dar en los meses de invierno tengan como consecuencia ciertos daños o desperfectos en algunas viviendas provocados por filtraciones, humedades y otros perjuicios causados a las viviendas colindantes.

Cuando esto ocurre, empiezan los problemas entre vecinos, ya que habrá que comprobar desde qué vivienda proviene la filtración del agua para determinar quién es el responsable de su reparación. Tanto si la vivienda que está causando los daños es nuestra como si lo es el inmueble que está sufriendo ese daño, es una situación que viene de improviso y que hay que solucionar lo más rápido posible para evitar males mayores.

Qué hacer cuando aparece una humedad en el techo o pared

Todo empieza con la llamada del vecino comunicando que tiene manchas de humedad en su techo o pared, o incluso alguna gotera en el techo. Si se da parte al seguro que se tenga contratado sobre la vivienda, se pueden agilizar los trámites y la reparación.

Sin embargo, si el seguro no se hace cargo, o si la compañía de seguros dice que el daño no es causado por la vivienda objeto de la cobertura de la póliza de seguro, es ahí donde comienza una lucha por atribuir la culpabilidad o responsabilidad a una de las viviendas y, en consecuencia, a una de las compañías de seguros o al propietario de la vivienda.

Esa responsabilidad se denomina responsabilidad extracontractual, por lo que para que pueda exigirse ha de existir una acción u omisión imprudente por parte del demandado causando daño a otro, como indica nuestro Código Civil en su artículo 1902 en relación con las obligaciones que nacen de la culpa o negligencia.

Cómo acreditar que el daño en la vivienda procede del vecino

Como en casi cualquier materia en nuestro Derecho, la mejor manera de defenderse en un asunto como éste es obtener una prueba fehaciente, una prueba que pueda acreditar sin lugar a dudas el daño causado y su origen.

Esa prueba se suele conseguir acudiendo a la realización de un informe pericial, por arquitecto, aparejador, un especialista en la materia, que inspecciona el lugar donde se encuentran los daños y la posible procedencia.

Si por ambas partes, propietario de la vivienda que sufre los daños y el propietario de la vivienda que los ha causado, asumen y aceptan la responsabilidad del causante del perjuicio, el propietario de la vivienda responsable abona el coste de la reparación tanto de su inmueble como del vecino afectado, y no hay conflicto alguno.

¿Y si nadie se hace responsable de la reparación del daño?

Pero no siempre es tan pacífica una situación similar. En muchas ocasiones puede ocurrir que el vecino del piso debajo de nuestra vivienda nos avisa de unas humedades o daños en sus paredes, asegurando que la causa procede de nuestra vivienda, que algo debe haber defectuoso o dañado en nuestro inmueble y es lo que está causando esas humedades, pero nuestro seguro y el perito correspondiente derivan la responsabilidad a otra vivienda o al propio vecino afectado, llevando así este conflicto a un procedimiento judicial.

Cuando estos asuntos llegan al Juzgado, la mayoría de conflictos se centran en convencer al juez de que los daños vienen o no vienen causados por la vivienda del vecino demandado.

La única manera de probar esa relación entre el perjuicio y la filtración de agua o rotura de tubería de la vivienda causante, es a través de informes periciales realizados por expertos. Para ello, siempre es aconsejable acudir a un despacho de abogados especializado en reclamaciones civiles en esta materia que pueda guiar al cliente de la mejor manera y con mayor probabilidad de éxito en el procedimiento judicial.

Qué dice la Justicia española sobre las reclamaciones por humedades

Cuando existe un daño evidente y visible, no se suele discutir su existencia, pero sí el origen de ese daño. La mayoría de nuestros tribunales tienen en cuenta como prueba principal esos informes periciales y pueden entender que el documento de la parte demandante es el más verídico y claro en cuanto a la procedencia del perjuicio.

También pueden entender desde el informe aportado por la parte demandada que el propietario de la vivienda que tenía filtraciones o alguna rotura y causaba humedades en el vecino colindante, es más claro y es posible que indique que ese daño por el que se reclama no es responsabilidad de la vivienda del demandado.

Según se entienda por el juzgador, si está clara o no la relación de causalidad condenará o absolverá al demandado. Por esto desde el despacho de abogados de Granada Emeybe Abogados sabemos de la importante de acudir a buenos especialistas cuando nos vemos inmersos en una reclamación inesperada por el vecino y además nuestra compañía de seguros nos dice que no abona ninguna reparación porque no cree que sea su responsabilidad.

¿El responsable debe abonar el dinero o reparar los daños?

En una reclamación de este tipo se puede solicitar que se condene a la reparación, es decir, que por parte del responsable se lleve a cabo la reparación, o que se condene a una cuantía exacta de dinero según los presupuestos de que se disponga.

La elección de una u otra opción dependerá de cada caso concreto, determinando qué es más beneficioso para el perjudicado, qué entiende el tribunal que debe hacerse o a qué acuerdo se llega entre ambas partes cuando se soluciona el conflicto sin necesidad de llegar a un procedimiento judicial.

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