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Diferencias entre separación y divorcio. ¿Qué es mejor?

Cuando en el despacho de abogados de Granada Emeybe Abogados hablamos de la ruptura del vínculo matrimonial como abogados especialistas en divorcios, podemos estar refiriéndonos tanto a la separación como al divorcio de la pareja. Sin embargo, aunque el fin parece ser el mismo, las consecuencias de uno y otro proceso difieren en el sentido de que existen ventajas y desventajas en función de la opción elegida por los cónyuges.

A grandes rasgos, la principal diferencia entre el divorcio y la separación es que en el primero de los casos el vínculo matrimonial se rompe de forma definitiva, mientras que en el segundo la pareja vive separada y mantiene la posibilidad de una futura reconciliación. Además, un acuerdo de separación tendrá que redactarse para establecer una serie de factores como el reparto de bienes, las deudas, la custodia de los hijos en caso de que haya o su manutención.

Estas cuestiones también se abordarán durante el proceso de divorcio por medio de un convenio regulador, aunque como decimos anteriormente, el acuerdo de separación puede proteger los intereses de la pareja de cara a un posible divorcio. Con esto nos estamos refiriendo a que si una separación concluye en divorcio, un juez puede trasladar el acuerdo de separación al proceso de divorcio por considerarlo adecuado, de manera que debe hacerse de forma minuciosa y exhaustiva con la ayuda de un abogado especialista en Derecho de Familia.

Principales diferencias entre la separación y el divorcio

Aunque en las líneas anteriores ya hemos avanzado algunos de los aspectos diferenciadores del divorcio y la separación, a continuación vamos a especificarlos de una forma más clara:

La separación implica el fin de la vida en pareja. Por ello, debe pactarse la custodia y el cuidado de los hijos como un aspecto de la vida en común que se ve modificado. Lo mismo ocurre en situación de divorcio, aunque en este caso como consecuencia de la ruptura total del vínculo.

El divorcio es irreversible. En cambio, la separación puede ser el paso previo a una reconciliación futura, por lo que en este punto no se contempla el inicio de un segundo matrimonio.

La separación se debe formalizar de hecho o ante un notario. En cambio, el divorcio siempre requerirá la intermediación de un notario o un proceso judicial al no poder ser de hecho.

Ventajas de la separación sobre el divorcio

En la separación legal, el régimen económico pasa a ser el de separación de bienes, por lo que, aunque no exista liquidación del régimen de gananciales y los bienes siguen siendo comunes hasta ese momento, a partir de la separación legal la economía de uno y otro cónyuge será independiente. Otra ventaja radica en el tiempo de reflexión que se puede tomar la pareja, decidiendo si retoma el vínculo matrimonial o, por el contrario, da un paso en dirección al divorcio definitivo por medio de un proceso judicial.

En cualquier caso, como hemos mencionado anteriormente, el acuerdo de separación cobra especial importancia en el sentido que puede valer para el acuerdo de divorcio, por lo que será crucial establecer los límites adecuados sobre el reparto de los bienes, la situación en la que quedan las deudas de la pareja o la custodia compartida de los hijos si los hubiera.

Diferencias divorcio separación

¿Qué efectos jurídicos tiene una separación?

La separación de una pareja supone la suspensión de su vida matrimonial, por lo que se mantiene el régimen económico del mismo. Sin embargo, existen algunos efectos jurídicos que debemos mencionar a la hora de hablar de la separación conyugal:

La presunción de paternidad queda interrumpida. Así lo establece el Código Civil, que dice que los hijos nacidos después del matrimonio y antes de los 300 días siguientes al divorcio o separación se considerarán hijos en común de la pareja.

La patria potestad será del progenitor que tenga la custodia. El juez, no obstante, puede decretar un régimen distinto, concediendo la custodia a los dos progenitores.

Tercio de mejora. Si uno de los cónyuges fallece durante la separación legal o de hecho, el otro no podrá disfrutar del usufructo de su tercio de mejora.

Compensación económica. El cónyuge más perjudicado por la separación, tendrá derecho a una compensación económica decretada por un juez en caso de que no haya entendimiento previo.

Tipos de separación. ¿Qué papel juegan los hijos?

No existen distintos tipos de separación como tal, aunque podemos hablar de las diversas situaciones que se producen como consecuencia de ella en función de si en el matrimonio existen o no hijos menores de edad.

Así, en el caso de matrimonios con hijos menores de edad o en situación de dependencia el artículo 81 del Código Civil establece que “se decretará judicialmente la separación cuando existan hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:

1.º A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de convenio regulador redactada conforme al artículo 90 de este Código.

2.º A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio”.

Por su parte, en los matrimonios sin hijos mejores a su cargo, al no existir menores que dependan de él, la separación se producirá con al menos 3 meses de antigüedad desde la fecha de enlace presentando ante notario el pertinente convenio regulador. Será ese el momento en el que se definan las condiciones de la separación, que también podrán valer para el divorcio en caso de que no exista entendimiento o reconciliación futuro.

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