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Derecho a la desconexión digital: ¿Cómo de libre eres en tu trabajo?

La Real Academia Española define el Derecho a la Desconexión Digital en el ámbito laboral como “el derecho de los trabajadores y empleados públicos a que su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como su intimidad personal y familiar no se vean negativamente afectados por el uso de dispositivos digitales que pueda efectuar el empleador”.

Los avances tecnológicos experimentados en los últimos años han provocado que trabajador y empresa hayan estrechado sus lazos, en muchas ocasiones sin el consentimiento de la primera parte. Resulta innegable que la evolución de las máquinas ha restado opacidad a la línea divisoria entre el ámbito laboral y el tiempo libre que debe disfrutar el empleado.

En este contexto, el desempeño laboral del trabajador durante su jornada se está diluyendo, en muchos casos, en favor del empresario y en contra del descanso exigido tras la jornada. Esta situación es la que ha empujado a la legislación española a incluir el derecho a la desconexión digital, recogida en el artículo 88 de la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos Digitales por medio de los siguientes tres puntos:

  1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
  1. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
  1. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.

En resumidas cuentas, cuando hablamos del Derecho a la desconexión digital nos referimos al descanso del que debe disfrutar todo empleado cuando abandona su puesto de trabajo y a la limitación del uso de las tecnologías en pro de la intimidad personal y familiar. Con esto, nos referimos a que si la jornada laboral finaliza a las 17:00 horas y da comienzo a las 8:00 horas del día siguiente, en esa franja de tiempo el empleado no está obligado a responder sms, correos electrónicos o llamadas procedentes del trabajo.

Desconexión digital y teletrabajo

Si nos fijamos bien, el tercer punto del citado artículo 88 de la LOPDGDD del 5 de diciembre de 2018 hace especial alusión al trabajo a distancia, reconociendo en cuando el trabajo no se desarrolle en el entorno de la empresa la desconexión digital también estará presente.

Este derecho tiene que ver con la conciliación entre la vida laboral y la personal o familiar, la salud del empleado y las tecnologías de la información cada vez más presentes en nuestro día a día. Por tanto, se podría considerar una expresión, en el ámbito laboral, de los derechos fundamentales a la intimidad y a la integridad física y psíquica.

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Derecho a la intimidad en el entorno digital

En relación a preservar la garantía de los derechos laborales en el ámbito digital, el artículo 88 de la Ley de Protección de Datos Digitales también hace referencia a la intimidad de los trabajadores con respecto a los dispositivos y aparatos tecnológicos usados en el desempeño de sus labores cotidianas.

  1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la protección de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por su empleador.
  1. El empleador podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores a los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos.
  1. Los empleadores deberán establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales respetando en todo caso los estándares mínimos de protección de su intimidad de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente. En su elaboración deberán participar los representantes de los trabajadores.

El acceso por el empleador al contenido de dispositivos digitales respecto de los que haya admitido su uso con fines privados requerirá que se especifiquen de modo preciso los usos autorizados y se establezcan garantías para preservar la intimidad de los trabajadores, tales como, en su caso, la determinación de los períodos en que los dispositivos podrán utilizarse para fines privados.

Denunciar vulneración del Derecho a la Desconexión Digital

Aunque se trata de la opción menos deseada por un trabajador, desde el despacho de abogados de Granada Emeybe Abogados aconsejamos reclamar a la Inspección de Trabajo para realizar la reclamación por vulnerar el Derecho a la Desconexión Digital. Eso sí, recomendamos siempre ir de la mano de Abogados expertos en Derecho Laboral que puedan aconsejarte, pues el trato con las empresas en estas circunstancias no suele ser un camino fácil.

En estos casos, la infracción se recoge como grave y la sanción oscila entre los 750 y los 4.500 euros, aunque según los estudios, no suele ser una herramienta de disuasión para las empresas acostumbradas a cruzar la línea de los profesional y personal. Por eso, es fundamental documentar la vulneración de este derecho para dar peso a la posible reclamación a la empresa por vulnerar los derechos de los trabajadores.

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