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Procedimiento Exequatur: Reconocimiento de sentencia extranjera

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Reconocimiento de sentencia extranjera, el exequatur

Cuando se procede a despedir a un trabajador, o este trabajador recibe el finiquito, que incluye la indemnización correspondiente por despido, pueden surgir dudas sobre qué conceptos de la nómina se deben acoger para el cálculo de dicha indemnización por despido.

En el despacho de abogados de Granada Emeybe abogados nos encontramos con multitud de consultas, tanto de trabajadores como de empresas, que quieren saber con certeza si el cálculo de la indemnización por despido se ha realizado correctamente y atendiendo a todos los conceptos computables. En este blog, descubriremos qué conceptos son los que deben tenerse en cuenta para el cálculo de la indemnización por despido y qué conceptos no deben contar para ello.

Qué es el procedimiento exequatur

El exequatur es el procedimiento por el que un tribunal reconoce y homologa una resolución judicial dictada en un país extranjero. Por lo tanto, es un procedimiento previsto en el derecho internacional para el reconocimiento de sentencias extranjeras, que tengan plena eficacia en el país donde se reconozcan e incluso puedan ejecutarse. Por lo que, con el procedimiento de exequatur, y una vez homologada la resolución extranjera, se puede instar su ejecución como si de una resolución nacional se tratase.

Normativa reguladora del exequatur

El procedimiento de exequatur, al ser un procedimiento internacional, viene regulado por varias leyes en España, dependiendo de las medidas o las resoluciones judiciales extranjeras a las que se quiera aplicar.

En España, el exequatur viene regulado, como decimos, en varias leyes, como son la Ley  Orgánica 19/2003 de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, sobre extensión y límites de la jurisdicción; la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil, que determina el procedimiento y ejecución de resoluciones judiciales y documentos públicos extranjeros, más precisamente el procedimiento del exequátur; la Ley 62/2003 de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, sobre fuerza ejecutiva en España de los títulos ejecutivos extranjeros.

Qué tipo de resolución puede reconocerse mediante exequatur

Cuando hablamos de las resoluciones que pueden someterse a exequatur para el reconocimiento y ejecución en otro país, estamos hablando del ámbito de aplicación del exequatur.

Así, los documentos que pueden someterse al procedimiento de exequatur vienen a ser las sentencias extranjeras firmes, que provengan de un órgano judicial del país extranjero.

Además, también podrán ser reconocidas mediante exequatur las sentencias definitivas emitidas en un procedimiento de jurisdicción voluntaria, así como las medidas extranjeras que tengan carácter de medidas cautelares o provisionales, siempre que su denegación en España provoque una vulneración a la tutela judicial efectiva y cuando se hayan acordado con audiencia de la parte contraria. Igualmente, se podrán someter al exequatur para su reconocimiento y ejecución en país extranjero los documentos públicos y los laudos o resoluciones arbitrajes.

Procedimiento para reconocer una sentencia extranjera en España

Los procedimientos a seguir van a depender del país de origen de la resolución que se pretende reconocer. Vamos a centrarnos en los supuestos de reconocimiento de sentencias extranjeras en España. Así, hay procedimientos específicos previstos para resoluciones provenientes de estados que han suscrito un Convenio bilateral con España, por lo que se debe atender a dichos tratados bilaterales para conocer el procedimiento en cuestión, que puede no ser el exequatur.

Las resoluciones que provengan de un Estado con tratado bilateral con España, deberán someterse obligatoriamente al exequatur.

Por último, hay resoluciones extranjeras que no necesitan ni el exequatur ni ningún tipo de procedimiento para su reconocimiento en España. Estas resoluciones serán las que provengan de los estados miembro de la Unión Europea, según lo dispuesto en el Convenio de Bruselas y de la Asociación Europea de Libre Comercio.

Requisitos para iniciar el procedimiento de exequatur

Sin embargo, no cualquier resolución puede reconocerse mediante exequatur, existiendo una serie de requisitos que han de cumplirse.

Además de lo dispuesto anteriormente respecto el tipo de resolución y el Estado del que provengan, debe comprobarse la autenticidad de la resolución sometida a exequatur, teniendo que comprobar que se cumplen los requisitos legales tanto del país de origen como del país donde se quiere reconocer.

Por otro lado, el exequatur debe promoverse mediante una acción personal, y debe recoger una obligación lícita en España.

Procedimiento para iniciar el exequatur en España

El procedimiento de reconocimiento de sentencia extranjera en España mediante exequatur está recogido en la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil 29/2015. Esta ley establece la competencia, concesión, objeto, solicitud y documentos necesarios para iniciar y tramitar este procedimiento.

La competencia para iniciar el procedimiento exequatur la tienen los tribunales de primera instancia del domicilio de la parte frente a la que se solicita el reconocimiento o ejecución. En el caso de solicitarse el reconocimiento de una resolución en materia mercantil, entonces los competentes serán los Juzgados de lo Mercantil.

El objeto del exequatur es el reconocimiento de la sentencia o resolución extranjera en otro país, por lo que nunca este procedimiento de exequatur entrará en el fondo del asunto que resuelve dicha resolución. Hasta que no se acuerde la concesión del exequatur, la resolución extranjera no podrá ser ejecutada en el país donde se pretende reconocer.

El procedimiento se inicia mediante una demanda por parte de la persona que quiera reconocer la sentencia o resolución, debiendo acreditar un interés legítimo para ello, y podrá hacerlo en España cualquier nacional español o residente legalmente en España.

Esta demanda deberá ser presentada mediante abogado y procurador y, una vez tramitada la demanda inicial, se fijará una audiencia para recibir a la parte demandada y al Ministerio Fiscal. El demandado podrá oponerse en un plazo de 30 días, y el juzgado, una vez presentada la oposición, deberá dictar Auto resolviendo sobre la admisión o no del exequatur.

Qué documentos necesito para iniciar un procedimiento de exequatur

El procedimiento de exequatur se inicia mediante demanda, que deberá acompañarse de la resolución original que se quiere reconocer y debe ir legalizada o apostillada, además, si está, como es habitual, redactada en lengua extranjera, deberá aportarse la traducción jurada.

Debe acreditarse documentalmente la firmeza de la resolución que se pretende reconocer y la fuerza ejecutiva en el país de origen y, si la resolución se dictó con el demandado en rebeldía, deberá aportarte y acreditarse esta circunstancia.

¿Pueden denegarme un exequatur?

La Ley de Cooperación Jurídica Internacional, en su artículo 46 establece que no se reconocerán las sentencias judiciales extranjeras si son contrarias al orden público, si se han dictado vulnerando el derecho de defensa, o si trata de materias de competencia exclusiva de órganos judiciales españoles.

Igualmente, no se reconocerán las resoluciones que sean inconciliables con resoluciones dictadas en España u otra dictada en otro Estado pero que tenga plena eficacia en España, así como las resoluciones que versen sobre un litigio anterior que se encuentre pendiente en España.

Si tienes una sentencia o resolución extranjera y quieres que tenga plena eficacia en España, te recomendamos acudir a un despacho de abogados experto en derecho civil que pueda asesorarte correctamente así como iniciar el procedimiento en cuestión.

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