En ocasiones, sobre todo entre familiares, delegamos la firma de documentos sin ser conscientes de las consecuencias reales que pueda tener el firmar en nombre de otro. El hecho de firmar un documento, sea el documento que sea, ya sea la venta de un bien o la aceptación de un pago de una cuantía de dinero, es un acto de voluntad, y esa voluntad conlleva consecuencias bastantes importantes para la persona que firma, como ahora explicaremos desde el despacho de abogados de Granada Emeybe abogados.
Así, lo que realmente se está haciendo es falsificar una firma, falsificando un documento y, por lo tanto, cometiendo un delito. Independientemente de si esta firma sea en un documento privado o en un documento público es un delito previsto en el Código Penal y castigado con penas de prisión y multa.
Por mucho que la persona que debiera firmar dé su consentimiento, si otra persona cualquier firma en su nombre se considera delito este hecho, aunque haya buena fe por parte de ambos.
Lo que ocurre en muchas situaciones es que quien da el consentimiento para que firmen en su nombre no va a realizar ninguna acción en contra de quien ha firmado, como podría ocurrir en el supuesto de que, al recibir un paquete a nombre de un destinatario concreto, en su lugar lo reciba algún familiar y se haga pasar por la persona a quien va destinado el paquete y firma en su nombre sin indicar que no es la destinataria.
Pero hay que saber que no es algo baladí el hecho de firmar en nombre de otra persona.
Lo más común es que se realice una falsificación manual y que la persona afectada, la que en teoría es quien debería haber firmado el documento, sea conocedor de que han falsificado su firma porque reciba un cobro en su cuenta bancaria que no sepa a qué corresponde.
O también puede darse cuenta de que han falsificado su firma porque le reclamen deudas de contratos de compraventa que realmente no ha realizado, si no que falsificaron su firma haciéndose pasar por otra persona.
Existen a día de hoy timos o estafas en los que se abren cuentas bancarias falsificando firmas y haciéndose pasar por otra persona para realizar ventas ficticias de productos como teléfonos, ciclomotores, etc,
Una vez recibido el dinero de la compra ficticia en la cuenta bancaria, desaparece el vendedor y el comprador no recibe el producto que creía haber comprado. En el caso de que se busquen a los culpables de esta estafa, se busca a la persona que firmó la apertura de esa cuenta bancaria en la que se recibe el dinero de lo estafado.
En esas ocasiones si la persona afectada ha denunciado anteriormente el robo o pérdida de su DNI es más fácil probar que la firma no es realmente suya, pero cuando no hay indicios de que se ha podido falsificar la firma y de que realmente es falsa, podemos tener problemas.
La mejor manera de probar sin lugar a duda de que la firma que se ha plasmado en el documento es falsa será con un informe de un experto, un perito caligráfico.
Esta prueba pericial será la que demuestre si la firma que hay en el documento en cuestión fue hecha realmente por la persona a quien corresponde o si por el contrario fue otra persona distinta.
Como es de imaginar el documento que esté firmado por otra persona distinta de la que se dice en el mismo documento, por haber falsificado la firma, no tendrá validez y se considerará también un documento falso.
Esto es porque la firma es uno de los elementos esenciales de cualquier documento que disponga de firma, por lo que si la firma resulta ser falsa el documento pierde toda validez y se considerará que se ha cometido delito de falsificación de documentos.
Encontrarse en una situación en la que exista sospecha de que se haya falsificado una firma puede generar ciertas dudas, pero el camino a seguir por parte del perjudicado siempre debe comenzar por ponerlo en conocimiento de las autoridades.
Lo aconsejable es acudir a interponer una denuncia ante la autoridad competente, y para ello es recomendable estar bien asesorado por un despacho de abogados experto en derecho penal y recopilar las pruebas de que se disponga.
Si un perjudicado al que le han falsificado su firma es consciente de ello por un procedimiento judicial en el que se encuentra acusado de cualquier otro delito, será dentro de este procedimiento donde podrá aportar las pruebas de que disponga para acreditar que se trata de una falsificación de firma.
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