Se puede creer que el hecho de conducir sin carnet de conducir o permiso de conducción conlleva solo una sanción administrativa. Pero la realidad es que la persona que conduzca un vehículo o un ciclomotor sin tener el carnet de conducir estará cometiendo un delito a ojos de la ley española. Lo cual va a conllevar unas sanciones penales nada banales.
Nuestro Código Penal tipifica este delito contra la seguridad vial identificando tres supuestos concretos. En caso de haber perdido la vigencia del permiso por haber perdido todos los puntos asignados legalmente se entenderá que no se dispone de carnet de conducir.
Si a una persona se le ha retirado el carnet de conducir por decisión judicial , es decir, por una resolución judicial al haber estado inmerso en un procedimiento judicial, sin duda no podrá conducir ningún vehículo pues no dispone de carnet de conducir por el tiempo que dure la retirada del mismo.
Y por último, si no se ha obtenido nunca el permiso de conducir, está bastante claro que si conduce un vehículo o ciclomotor estará cometiendo un ilícito penal o delito.
La normativa vigente impone en los casos de haber cometido un delito contra la seguridad vial penas de prisión, penas de multa y posibilidad de condenar al acusado a realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
La pena de prisión prevista para ese delito puede ir desde los tres meses hasta los seis meses.
La multa que se puede imponer a un acusado de conducir sin carnet va de los doce meses a los veinticuatro meses, si la cantidad de multa impuesta por día se encuentra entre seis y nueve euros, podría ser una multa bastante alta.
La otra posibilidad que tiene el condenado es una pena de realización de trabajos en beneficio de la comunidad. Estos solo serán impuestos si la persona condenada da su consentimiento y teniendo siempre presente que la no realización de estos trabajos puede conllevar otras penas más graves.
La aplicación de una pena u otra dependerá de la gravedad de los hechos y de las circunstancias personales de cada caso.
Además de que para este delito concreto el propio Código Penal prevé la posibilidad de que el Juez competente rebaje la pena de prisión teniendo en cuenta las circunstancias de los hechos y de la persona que está siendo investigada o acusada.
Aquí juega un papel principal la defensa del acusado realizada por el abogado, pues este podrá recabar toda la información y prueba relevante para que la pena que se imponga al cliente no sea desproporcionada.
En estos casos de delito contra la seguridad vial por no disponer del permiso de conducir tienen poca defensa cuando se trata de un hecho totalmente objetivo.
Es decir, se tiene o no se tiene el carnet de conducir.
Ahora bien, no es algo automático, no se condena automáticamente a un conductor que lo para la Guardia Civil de Tráfico y comprueba que no dispone de carnet de conducir.
En algunos supuestos concretos puede darse el caso de que la persona que está conduciendo sin carnet de conducir haya perdido la totalidad de los puntos del carnet y no tenga conocimiento de ello.
Si se prueba que el conductor no había sido notificado efectivamente del hecho de que perdía todos los puntos podría verse absuelto de este delito, puesto que no tenía conocimiento de que no tenía carnet de conducir.
Por ello se aconseja buscar asesoramiento legal, puesto que el conductor puede verse librado de una sanción penal y por supuesto de encontrarse con antecedentes penales si se cuenta con una buena defensa.
El Código Penal no prevé entre los delitos este supuesto en el que se ha caducado el carnet de conducir y no se ha renovado.
Ahora bien, la persona que no renueva su carnet de conducir una vez caducado puede enfrentarse a sanciones administrativas de alrededor de 200 euros.
En principio no se está cometiendo un delito pero si se tuviera una accidente y se iba conduciendo con el carnet caducado se puede enfrentar el conductor a unas sanciones más graves dependiendo de las circunstancias que rodeen el siniestro.
Puede ocurrir que el conductor implicado en el accidente de tráfico que iba con su carnet caducado se demuestra que tenía una incapacidad para conducir, pueda verse acusado de un delito por conducción temeraria.
Esto supondría imposición de sanciones penales, tales como multas, prisión o trabajos en beneficio de la comunidad, como para el resto de los delitos contra la seguridad vial.
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