Cuando un trabajador deja de ejercer su actividad profesional como consecuencia de un despido, existe la posibilidad de que haya discrepancias entre su versión de los hechos y los motivos que aporta el empresario para tomar dicha decisión. En este caso, cabe la opción de impugnar el despido del trabajador siguiendo una serie de pasos, aunque antes debemos detenernos en los tipos de despido y cómo afrontar cada uno de ellos con la ayuda de un abogado especialista en Derecho Laboral en Granada.
Para comprender el procedimiento a seguir para impugnar un despido, primero de todo debemos diferenciar entre los diferentes tipos de despido que se pueden dar en nuestro país. Así, podemos distinguir según sus causas y sus efectos jurídicos.
Según sus causas, nos encontramos con el despido disciplinario, el despido objetivo y el despido colectivo. El primero de ellos, el despido disciplinario, hace referencia al incumplimiento grave de las obligaciones que se le presentan al trabajador en su puesto de trabajo, de manera que el despido no contará con preaviso y tampoco con una indemnización económica por el tiempo trabajado en la empresa.
Por su parte, el despido objetivo alude a esa situación ajena al empresario por la cual éste debe prescindir de alguno de sus empleados. Por lo general, suele ser una situación económica la que provoque el despido del trabajador, aunque también puede venir motivada por razones técnicas, organizativas o de fuerza mayor. Al no tratarse de un despido provocado por el empleado, éste tendrá derecho a recibir una indemnización económica.
Por último, nos encontramos con el despido colectivo, es decir, el que se produce cuando, por causas objetivas, un importante número de trabajadores es despedido de la empresa. En este caso, todos ellos tendrán derecho a una indemnización económica.
Según sus efectos jurídicos, los despidos también se pueden clasificar según las consecuencias legales que deriven de ellos. Así, podemos diferenciar entre despido procedente, despido improcedente y despido nulo. El primero de ellos, esto es, el despido procedente, se da cuando el empresario es capaz de justificar que ha seguido las formalidades necesarias del despido y que las causas alegadas para hacerlo son las correctas. El trabajador no tendrá derecho a indemnización si el despido es disciplinario, aunque debemos destacar que un despido procedente también puede ser objetivo, en cuyo caso el empleado sí recibiría una indemnización económica equivalente a 20 días por cada año trabajado en la empresa.
Por su parte, el despido improcedente es aquel en el que se entiende que hay un incumplimiento de la ley por parte del empresario y que, por tanto, deja indefenso al trabajador, que debe abandonar su trabajo por motivos ajenos a su actividad. En este caso, el empresario deberá readmitir al empleado afectado o pagarle una indemnización de 33 días por cada año trabajado en la empresa. En cualquier caso, será necesaria la asistencia de un abogado especialista en despidos en Granada que consiga hacer buena la versión del empleado.
Por último, nos encontramos con el despido nulo, o lo que es lo mismo, con el peor de los escenarios para la empresa cuando se trata de prescindir de uno de sus trabajadores. Y es que, si el trabajador consigue demostrar en sede judicial que ha existido vulneración de sus derechos durante el despido, el empresario tendrá la obligación de abonar los salarios de tramitación a la persona afectada, lo cual suele darse en casos de mujeres despedidas durante un embarazo.
De forma general, el procedimiento para impugnar un despido comienza con la presentación de una papeleta de conciliación en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC), donde empresario y trabajador tratarán de llegar a un acuerdo amistoso para evitar el juicio. Si este paso no concluye con éxito, el trabajador tendrá que acudir a un abogado especialista en Derecho Laboral para impugnar el despido presentando una demanda judicial contra la empresa. Será entonces cuando un juez decida si el despido es procedente o improcedente.
En este punto debemos destacar que para la impugnación de un despido nulo no será necesaria la asistencia al CMAC, demandando directamente a la empresa en el Juzgado de lo Social. Igualmente, es necesario dejar claro que la impugnación del despido colectivo no sigue los parámetros generales, siguiendo una vía específica que vamos a explicar a continuación junto con el resto de tipo de despidos producidos según sus causas. En cualquier caso, será necesaria la asistencia de un bufete especialista como lo es el despacho de abogados de Granada Emeybe Abogados.
Impugnar un despido objetivo no es tarea fácil, ya que el trabajador tendrá que demostrar que la empresa no dice la verdad cuando alega causas productivas, económicas, técnicas o de fuerza mayor para prescindir de uno de sus empleados. En este caso, será necesario asistir al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para discutir amistosamente con la empresa las causas del despido y tratar de establecer si realmente el despido es procedente o improcedente.
Lo más común cuando se trata de impugnar un despido objetivo es que el trabajador se conforme con la indemnización económica que le ha entregado la empresa, aunque si la persona afectada considera que las causas aportadas por la empresa no son reales, seguirá adelante. De esta forma, si no existe acuerdo amistoso alguno entre las dos partes, el trabajador tendrá que presentar una demanda judicial con la ayuda de un abogado especialista en Derecho Laboral para, ya ante un juez, demostrar que las causas del despido no son las que la empresa alega.
Como ya hemos mencionado anteriormente, la impugnación de un despido colectivo sigue una vía diferente al resto al tratarse de un proceso donde interviene un número importante de trabajadores. Así, se recurre a la vía de impugnación colectiva con el objetivo de proteger los derechos y libertades de los trabajadores.
Si el proceso colectivo no tiene éxito, también se puede iniciar la vía individual, que contará con los mismos pasos del despido objetivo. No es raro que la primera vía de actuación fracase debido a la complejidad que tiene, por lo que es altamente recomendable contar con la ayuda de un abogado especialista en despido en Granada para conseguir la impugnación del despido.
La impugnación del despido disciplinario suele ser más fácil de discutir con la empresa, ya que ésta debe tener pruebas claras que acrediten que el despido del trabajador ha sido motivado por una falta grave durante su actividad diaria. Si el empresario no consigue demostrar que el despido es disciplinario con las causas aportadas en la carta de despido, tendrá que abonar una indemnización económica al trabajador equivalente a 33 días por cada año trabajador por entenderse que se trata de un despido improcedente.
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