En ocasiones se presenta la situación en la que algún familiar necesite ayuda económica y se opta por solicitar préstamos bancarios o préstamo entre familiares. También puede darse entre amigos, compañeros de trabajo, etcétera. En realidad la operación es la misma exista o no un vínculo familiar, se trata de un préstamo entre particulares igualmente.
A la hora de redactar el contrato de préstamo que van a firmar ambas partes se puede formalizar tanto en un documento privado como en escritura pública ante notario. No existe una obligación marcada por la legislación española para hacerlo de una manera u otra. Basta con el documento privado firmado por ambas partes, aunque ese documento privado debe cumplir con unos requisitos básicos.
Lo primero que debe aparecer en el contrato de préstamo es la identificación de las partes, tanto del prestatario como del prestamista. Deben de estar bien identificados en el documento con todos los datos personales.
Es esencial detallar la cantidad del préstamo, qué cantidad exacta se va a entregar al prestatario, así como la moneda en la que se realizará la operación. La forma de entrega del dinero al prestamista es muy importante que esté claramente redactada en el contrato, las cuotas, la cuantía de las cuotas, la duración del préstamo, así como la manera o vía por la que el prestatario realizará el abono de cada cuota.
Y, por supuesto, si se aplicarán intereses o no. Es totalmente lícito que no se apliquen intereses a este tipo de préstamos. De hecho es uno de los motivos por los que se decide firmar un contrato de préstamo entre particulares en lugar de entre un particular y una entidad bancaria o entidad prestamista.
Se pueden añadir cualquier cláusula que se acuerde por ambas partes, como cláusulas de incumplimiento, qué consecuencias tendría el incumplimiento por parte del prestatario. También se pueden prever las vías a seguir para solucionar conflictos que puedan surgir entre las partes en relación con el contrato de préstamo.
En caso de decidir elevar a público el contrato de préstamo entre particulares, los requisitos que debe cumplir dicha escritura son los mismos que si de un contrato privado se tratase. La única diferencia es que se realiza ante notario, pero a la hora de justificar y acreditar la veracidad y autenticidad de esta operación de préstamo, será necesario aportar la misma documentación que si de un contrato privado se tratase.
La operación de préstamo entre particulares está sujeta al impuesto de transmisiones patrimoniales, aunque se encuentra exenta en virtud de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
A pesar de estar exenta de abono es necesario presentar el modelo correspondiente del impuesto de transmisiones patrimoniales. La presentación de este impuesto es obligatoria y será también una manera de acreditar la autenticidad del documento del préstamo a ojos de la Agencia Tributaria por ejemplo.
Es importante la presentación de este impuesto junto con la documentación acreditativa del contrato de préstamo ya que si no, la Agencia Tributaria podría entender que se trata de una donación encubierta y esto traería consecuencias indeseadas para ambas partes del contrato.
La consecuencia de aplicar intereses a este tipo de préstamos es que el prestamista, quien presta el dinero y posteriormente recibe la cuantía prestada más unos intereses pactados, es que este deberá incluir esos intereses recibidos en la declaración del IRPF.
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